El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) ha sido objeto de intenso debate jurídico en los últimos años. Miles de hipotecados en España descubrieron que este índice, aplicado a sus préstamos, les hacía pagar cuotas significativamente más altas que quienes tenían hipotecas referenciadas al Euríbor.

¿Qué es el IRPH?

El IRPH es un índice oficial publicado por el Banco de España que refleja la media de los tipos de interés de las hipotecas concedidas por las entidades financieras. A diferencia del Euríbor, que es un tipo interbancario europeo, el IRPH incorpora ya los márgenes comerciales de los bancos, lo que históricamente lo ha situado entre 1 y 2 puntos porcentuales por encima.

Existen tres modalidades de IRPH:

  • IRPH Bancos: Media de las hipotecas de bancos (desaparecido en 2013)
  • IRPH Cajas: Media de las hipotecas de cajas de ahorros (desaparecido en 2013)
  • IRPH Entidades: Media del conjunto del sistema (único vigente actualmente)

El problema: falta de transparencia

La controversia surge porque muchas entidades comercializaron hipotecas con IRPH sin explicar adecuadamente a los consumidores las implicaciones de este índice. En particular:

  • No se informó de que el IRPH era sistemáticamente más alto que el Euríbor
  • No se explicó cómo se calculaba ni por qué incluía márgenes comerciales
  • Se presentó como un índice "oficial" y por tanto seguro, sin matices
"La falta de información clara sobre las consecuencias económicas de elegir el IRPH frente al Euríbor constituye un déficit de transparencia que puede invalidar la cláusula."

¿Se puede reclamar?

Tras varias sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo español, se ha consolidado la posibilidad de reclamar la nulidad de la cláusula IRPH cuando no se cumplieron los requisitos de transparencia.

Los requisitos para tener éxito en la reclamación son:

  • Demostrar que no se recibió información suficiente sobre el índice
  • Acreditar el perjuicio económico sufrido respecto al Euríbor
  • Que el contrato se firmara como consumidor (no empresario)

¿Qué puedes recuperar?

Si se declara la nulidad de la cláusula, el banco deberá:

  • Devolver la diferencia entre lo pagado con IRPH y lo que habría pagado con Euríbor
  • Recalcular las cuotas futuras con el índice sustitutivo
  • Pagar los intereses legales desde cada pago indebido

Las cantidades pueden oscilar entre 15.000€ y 40.000€ dependiendo del importe de la hipoteca, el plazo transcurrido y el diferencial aplicado.

Plazos para reclamar

Aunque existe debate doctrinal sobre los plazos de prescripción, la tendencia jurisprudencial es considerar que la acción de nulidad no prescribe. Sin embargo, es recomendable actuar con diligencia para evitar cualquier problema procesal.

Cómo podemos ayudarte

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